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El Secop II salvó al alcalde de Prado

La Sección Tercera del Consejo de Estado echó abajo una decisión de la sección Quinta de esa misma Corte y restableció en su cargo al alcalde José Florez Serrato.

El mandatario había interpuesto acción de tutela, al considerar vulnerados sus derechos fundamentales tras la decisión inicial de retirarlo del cargo.

Los magistrados de la Sección Tercera consideraron que Florez no estaba inhabilitado para ejercer como alcalde municipal, como lo habían considerado inicialmente los togados de la sección Quinta. A juicio de quienes resolvieron la tutela, el mandatario no violó la Ley 617 de 2000 ya que un contrato que suscribió con la Defensoria del Pueblo fue ejecutado en Ibagué y no en jurisdicción de Prado.

Para la decisión final fue clave el pantallazo de la página Secop II, donde aparece claramente que la ejecución de dicho contrato se hizo en la capital tolimense. En las próximas horas la gobernadora deberá expedir el acto administrativo dando cumplimiento a la orden del Consejo de Estado y reintegrando en su cargo al burgomeaestre. Con esta decisión, el Representante a la Cámara Carlos Edward Osorio recupera uno de sus alfiles políticos con miras a las elecciones de Congreso.

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